domingo, 27 de mayo de 2012

Negociar una modificación de salarios (II)



De esta manera, se establece que las distintas empresas van a poder imponer un convenio propio, cuando están pasando un mal momento, con una serie de dificultades económicas. Así, van a poder aplicarlo de dos maneras, como quieran:
-En convenios con cláusula de descuelgue, se podría dejar de aplicar el régimen salarial, que está previsto en el convenio, cuando se estén cumpliendo todos los requisitos que se establezcan, en la propia cláusula de descuelgue, siempre que la estabilidad económica de la empresa pueda verse afectada, a causa de las tablas de salarios, que está prevista por el propio convenio.
-En los convenios, donde no existan cláusula de descuelgue, cuando la situación de la empresa lo esté aconsejando, puede establecerse el descuelgue del salario, a través de un acuerdo entre el propio empresario y los representantes de los trabajadores. En dicho caso, va a tener que demostrarse la incidencia negativa de los sueldos en las cuentas de la empresa.
En cualquiera de dichas situaciones, las cláusulas de descuelgue van a poder determinar, con exactitud, la retribución que van a percibir los trabajadores. Por otro lado, hay que contemplar una serie de programación progresiva, hacia poder conseguir las condiciones salariales, que se establecen a partir del convenio colectivo, una vez que las causas aducidas, por parte del descuelgue desaparezcan. Debemos tener en cuenta, además, que la no aplicación del convenio ni puede superar los tres años de duración.
Foto: fuente

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